Auto Supremo AS/0363/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0363/2021

Fecha: 30-Jun-2021

Consiguientemente, se constata que el Tribunal Constitucional Plurinacional, ya se pronunció sobre la constitucionalidad del art. 417 del CPP y en coherencia con lo establecido en el acápite II de la presente Resolución, ya no corresponde a ese Tribunal pronunciarse al respecto al existir cosa juzgada constitucional; al evidenciarse que la acción de inconstitucionalidad suscitada, no contiene nuevos argumentos que posibiliten realizar una nueva contrastación de la misma norma.