1. De la resolución impugnada.
Del análisis del Auto de Vista Nº 53/2021 de 21 de enero, cursante de fs. 676 a 678, se advierte que el mismo absuelve un recurso de apelación que fue interpuesto contra una sentencia dictada dentro de un proceso ordinario sobre resolución de contrato de compraventa por incumplimiento, lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 270 del Código Procesal Civil.
