POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial; declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. fs. 175 a 170, interpuesto por el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual, representado por Karina Vanessa Oropeza Peña, contra el Auto de Vista N° 089/2020 de 6 de julio de 2020 de fs. 165 a 164, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Sin costas ni costos, en aplicación de los arts. 39 de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y 52 del Decreto Supremo N° 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
