I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
Por Sentencia N° 46/2019 de 13 de agosto (fs. 178 a 189), el Tribunal de Sentencia N° 1 en lo Penal de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, con el voto unánime de sus miembros falló; declarando a la acusada Lourdes Fátima Mobarec Sabag, autora de la comisión de los delitos de Usura Agravada y Falsedad Ideológica, previstos y sancionados en los arts. 360 con relación al art. 361 núm. 4) y 199 del CP, condenándole a sufrir una pena de cuatro (4) años de reclusión, con costas a favor del Estado y la víctima. Con relación al delito acusado de Estafa incursos en la sanción del art. 335 del CP, de declaro a la acusada Lourdes Fátima Mobarec Sabag absuelta de culpa y pena.
Contra la mencionada Sentencia, la acusada Lourdes Fátima Mobarec Sabag (fs. 206 a 222), formuló recurso de apelación restringida que fue resuelto por el Auto de Vista N° 167/2021 de 23 de abril y el Auto Complementario (fs. 254 a 260 y 266 y 267), declarando improcedente el recurso de apelación restringida.
Por diligencias de 27 y 30 de abril de 2021 (fs. 201 y 208) respectivamente, la recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista y su Complementario; y, el 7 de mayo del mismo año, interpuso el recurso de casación objeto del presente análisis de admisibilidad.
