II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Manifiesta que el Tribunal de apelación omitió aplicar la línea jurisprudencial establecida en el Auto Supremo 305/2013-RRC de 22 de noviembre, en cuanto es la labor de valoración de la prueba efectuada por los jueces y tribunales de mérito; así como, la doctrina legal sentada en el AS 038/2013-RRC de 18 de febrero, atinente a los aspectos a tomar en cuenta a tiempo de la fijación judicial de la pena.
Explica que su persona fue condenada con una pena excesiva, vulnerando el principio de seguridad jurídica, sin que el Tribunal de alzada haya emitido pronunciamiento sobre el particular, solicitando la emisión de una nueva sentencia que se acomode “los hechos al tipo penal y sea en definitiva por el art. 272 bis del Código Penal y anular la sentencia totalmente y se ordene un nuevo juicio con otro tribunal” (sic)
