II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN.
Transcribiendo ampliamente jurisprudencia y doctrina legal aplicable sobre la valoración probatoria, derecho al debido proceso y a la defensa, contenidos en el recurso de apelación, el recurrente refiriendo haber denunciado la vulneración de su derecho a la defensa y la falta de fundamentación respecto a la valoración probatoria; en el caso, refiriéndose a la sentencia acusa que en el presente proceso se habría establecido únicamente la existencia de prueba simple, insuficiente para condenar cuando en su criterio debió aplicarse el principio in dubio pro reo y el de favorabilidad, debido a que la autoridad jurisdiccional en virtud al principio de imparcialidad debió valorar debidamente toda la prueba aportada, situación que no habría sucedido, por cuanto se habría realizado una inadecuada apreciación de la prueba que conllevó a una indebida subsunción de la conducta y desconociendo la norma sustantiva penal, vulnerando el derecho al debido proceso constitucionalizado en los arts. 115-II y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).
Con la finalidad de sustentar sus agravios cita como precedentes contradictorios los Autos Supremo 317/2017-RRC de 3 de mayo, 368/2012 de 5 de diciembre, 396/2014-RRC de 18 de agosto.
- Fragmento 1
- II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN.
- III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
- a)
- i)
- Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo
- IV. ANÁ
- único motivo
- inadmisible
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
- Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
