Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0530/2021-RA
Fecha: 16-Ago-2021
AUTO SUPREMO Nº 530/2021-RA
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
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SALA PENAL
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AUTO SUPREMO Nº 530/2021-RA
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Sucre, 16 de agosto de 2021
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Expediente : Santa Cruz 28/2021
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Parte Acusadora :
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Parte Imputada :
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Delito :
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RESULTANDO
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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diligencia de 20 de noviembre de 2020 (fs. 958)
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II. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
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El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP.
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Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del citado cuerpo legal, cuales son:
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i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada.
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ii)
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El precepto legal contenido en el citado art. 417 de la Ley Adjetiva Penal, concluye señalando que el incumplimiento de dichos requisitos determinará la declaración de inadmisibilidad del recurso.
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III. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
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inadmisible.
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POR TANTO
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Regístrese, hágase saber y devuélvase.
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Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
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