POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184-1 de la CPE y 42-I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 833 a 850, aclarado a fs. 836, interpuesto por William Llanos Leaño, contra el Auto de Vista Nº 02/2021 de 15 de marzo de fs. 827 a 831, emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Tarija; sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 y 52 del DS Nº 23215.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
