AS/0780/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0780/2021-RA

Fecha: 13-Sep-2021

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente refiriéndose a aspectos de la Sentencia y desarrollando fundamentos de derecho (art. 312 y 310 del CP), acusa refiriéndose a la Sentencia, que ésta estaría basada en informes psicológicos que serían contradictorios entre sí, obtenidos de manera ilícita y contradictorias con las pruebas documentales, situaciones que en su criterio causaron defecto absoluto y defecto de sentencia establecido en el art. 370 núm. 4) del Código de Procedimiento Penal (CPP), aspectos que no habrían sido valorados a momento de dictar Sentencia.

Sobre el punto invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 651/2014, 254/2016 y 067/2013-RRC de 11 de marzo.

Bajo el epígrafe defecto de la sentencia establecido en el art. 370 núm. 6) del CPP, refiriéndose a la Sentencia manifiesta que esta habría fundamentado respecto a los numerales 2) y 4) del art. 310 del CP, cuando no se habría producido prueba alguna que demuestre tales agravantes, vulnerando lo establecido en el art. 169 núm. 3) del CPP, al haber incumplido el principio de favorabilidad y presunción de inocencia por fundamentación omisiva.

Respecto del punto invoca como precedentes contradictorios el Auto de Vista 12/2013 de 16 de enero, los Autos Supremos 136/2013-RRC de 20 de mayo, 89/2013 de 28 de marzo, 014/2013-RRC de 6 de febrero, 438 de 15 de octubre de 2005, 106/213-RRC de 19 de abril, 055/2012-RRC de 4 de abril.