I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia Nº 62/2012 de 22 de agosto (fs. 949 a 969), el Tribunal de Sentencia Nº 4 del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a German Leon Aguilar, Scarly Contreras Mollo y Armando Carlos Choque Mayta, Autores del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del CP, imponiéndoles la pena de 1 año y 6 meses de privación de libertad respecto a los dos primeros acusados y; respecto al último acusado, la pena de 1 año de privación de libertad a cumplirse en el Penal de San Pedro y centro de Rehabilitación de Obrajes de la ciudad de La Paz, respectivamente.
Contra la referida Sentencia, Hernán Ramiro Choque Quispe, formuló recurso de Apelación Restringida (fs. 992 a 995 vta.), mismo que fue resuelto por Auto de Vista Nº 84/2015 de 20 de noviembre (fs. 1147 a 1148 vta.), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró improcedente el recurso de apelación restringida.
Por diligencia de 16 de agosto de 2016 (fs. 1149 vta.), fue notificado Hernán Ramiro Choque Quispe, con el referido Auto de Vista y el 22 de agosto de 2016, interpuso el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
