POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.1.1 de la LO] y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Luz Jenny Loza Aguirre, de fs. 221 a 223 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
FDO.
Magistrado Relator Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca
