Auto Supremo AS/0531/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0531/2022-RA

Fecha: 29-Jul-2022

CONSIDERANDO I:ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. María del Carmen Salvatierra Justiniano, mediante memorial de fs. 41 a 46, subsanado a fs. 56, inició proceso ordinario de nulidad de contrato contra Lilian Ruiz de Montenegro, Rosa Rivero Carballo y Jaime Alberto Montenegro Ruiz, quienes una vez citados, contestaron negativamente a la demanda, interpusieron excepción de incapacidad, de interés legítimo y plantearon acción reconvencional por mejor derecho propietario y cancelación de transferencia, según escrito visible de fs. 135 a 140; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 71/2017 de 29 de septiembre, que sale de fs. 457 a 463 vta., donde la Juez Público Civil y Comercial 27° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 41 a 46, IMPROBADA respecto a los daños y perjuicios, e IMPROBADA la reconvención de fs. 135 a 140.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Lilian Ruiz de Montenegro, Rosa Rivero Carballo y Jaime Alberto Montenegro Ruiz, según memorial de fs. 468 a 472 vta., originó que la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 74/2021 de 12 de agosto, corriente en fs. 596 a 598, que declaró INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por Lilian Ruiz de Montenegro, Rosa Rivero Carballo y Jaime Alberto Montenegro Ruiz.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Lilian Ruiz de Montenegro, Rosa Rivero Carballo y Jaime Alberto Montenegro Ruiz, según escrito visible de fs. 630 a 634 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.