POR TANTO
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184-1 de la CPE y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA en parte el Auto de Vista N° 004/2021 de 21 de enero, de fs. 45 a 49, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Cochabamba, conforme a los fundamentos del fallo y determina:
Se declara la extinción del proceso por inactividad procesal, ordenando el archivo definitivo del proceso, determinando que no es aplicable al caso el art. 249 del CPC-2013.
Sin multa por ser excusable y sin costas de conformidad a los arts. 39 de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990 y 52 del DS N° 23215 de 22 julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
