POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184-I de la CPE y 42-I-1) de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 258 a 261, interpuesto por Lucila Adela Huanca Mamani, contra el Auto de Vista N° 012/2021 de 21 de enero, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 255 a 256. Con costas.
No se regula el honorario del profesional abogado, por no haber sido contestado el recurso de casación.