III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 214/2022-RA de 11 de abril, corresponde el análisis de fondo de los siguientes motivos.
Al resolver el agravio relativo a “Inobservancia y errónea aplicación de la Ley sustantiva”, “Falta de motivación y fundamentación probatoria” en el apartado III.8 y el agravio concerniente a que “La sentencia se basa en hechos inexistentes, no acreditados y en valoración defectuosa de la prueba”, en el apartado III.9, es una copia exacta del contenido expresado en el Auto de Vista N° 97/2018 de 18 de diciembre, en sus apartados III.12, con relación al III.4 y III.9, y una copia del apartado III.13, con relación al apartado III.3, limitándose únicamente a suplir y reemplazar el deber de motivación por una copia de los argumentos expresados en la sentencia, sin consignar su razonamiento, sin explicar el iter lógico para determinar la racionalidad o no de los agravios expresados en el recurso de apelación, contraviniendo lo establecido en los Autos Supremos 820/2020-RRC de 8 de diciembre de 2020, 86/2013 de 26 de marzo y 14/2007 de 26 de enero.
El Auto de Vista impugnado no se pronuncia en relación al agravio relativo a la incongruencia entre Acusación y Sentencia, puesto que lo que hace el Tribunal de Alzada es copiar íntegramente los argumentos expuestos en el Auto de Vista N° 97/2018, constituyendo un defecto absoluto por vulneración al derecho a la defensa.