POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, ADMITE el desistimiento del proceso interpuesto por la entidad demandante, disponiéndose el archivo de obrados.
Asimismo, se dispone la devolución de los antecedentes administrativos y la documentación presentada por las partes, bajo constancia.
