d) y e)
d) y e) Expresaron que, la decisión judicial asumida se traduce en un desconocimiento de la solución normativa que corresponde a las particulares circunstancias comprobadas en el proceso, vulnerando el derecho a la defensa, al debido proceso de la ley y seguridad jurídica, al inferir hechos no probados por la parte contraria y sin considerar que la carga de la prueba, ha sido considerada en la jurisprudencia sentada en el Auto Supremo Nº 213/2016 de 11 de marzo, la misma que no fue considerada por el Auto de Vista.
Fundamentos por los cuales solicitaron la emisión de un Auto de Supremo que case el Auto de Vista impugnado.
Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 38/2022-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- En el fondo:
- a)
- b)
- c)
- d) y e)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
