POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en ejercicio de la atribución contenida en los arts. 38.2 de la Ley N° 025 del Órgano Judicial y 50.3 del Código de Procedimiento Penal, en aplicación del art. 153.1 del citado Código y de acuerdo con el Dictamen del Fiscal General de 20 de mayo de 2022, de fs. 616 a 620, Declara PROCEDENTE la extradición del ciudadano boliviano DIEGO RIBERA LANDIVAR, nacido el 23 de diciembre de 1985, en la ciudad de Santa Cruz, con C.l. N° 6343058 SC, conforme señala el art. 157 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo su entrega inmediata a la República del Perú, sea a través de las instancias competentes del Órgano Ejecutivo.
Para cuyo efecto, se instruye oficiar al Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, para que comisione al Juez Sexto de Instrucción en lo Penal de esa Capital, ordene la notificación correspondiente con la presente resolución al señor Diego Ribera Landivar y emita Mandamiento de Excarcelación, para la entrega del aludido ciudadano al Estado requirente, en coordinación con las entidades competentes del Órgano Ejecutivo.
Comuniqúese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y por su intermedio a la Embajada de la República de Perú para fines consiguientes.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.-
