POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el numeral 1 del artículo 184 de la CPE y del numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la LOJ, CASA en parte el Auto de Vista Nº 24, de 11 de marzo de 2022, de fs. 82 a 85, emitido por la Sala Segunda Social, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y deliberando en el fondo, mantiene firme y subsiste en todas sus partes la Sentencia Nº 2, de 11 de febrero de 2021, de fs. 39 a 42, emitida por la Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz. Con costas.
Se regula el honorario profesional del abogado de la parte patrocinante en Bs.2.000,00 (Dos mil 00/100 Bolivianos), que mandará a pagar la Juez de primera instancia.
Sin multa para el Tribunal de alzada, por ser excusables.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
