III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 662/2022-RA de 30 de junio, corresponde el análisis de fondo de los siguientes motivos:
El recurrente denuncia que, el Tribunal de Alzada modifica la Sentencia de quince a veinte años, siendo que, el delito que se juzgó era un hecho del año 2011 en la cual la pena era de quince a veinte años, y la modificación del art. 308 bis del CP es de 9 de marzo de 2013; aspecto por el cual, el Auto de Vista al modificar la pena le ocasionó un agravio por desconocimiento de la ley.
La parte expresa que, el Auto de Vista no consideró las omisiones de sentencia contenidas en el art. 370 núm. 5) del CPP; denuncia que no contiene motivación y fundamentación necesaria infringiendo lo establecido por el art. 124 de la norma adjetiva penal, puesto que no cumplió con el deber de fundamentación y motivación conforme se denunció en apelación, siendo que la Sala de apelación tenía el deber de verificar que la Sentencia esté debidamente motivada, para que luego de constatar si correspondía determinar la reposición del juicio.
