II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 08/2022 de 4 de abril (fs. 203 a 212), el Juzgado Público Civil y Comercial, del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal, Tributario y de Sentencia Penal Uno de Caracollo, declaró a Estela Tola Flores y Henry Franco autores y culpables de la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por los arts. 271 y 20 del CP, imponiendo la pena de trabajos comunitarios por dos años de lunes a viernes en el Gobierno Autónomo Municipal de Caracollo.
II.2. Apelación restringida.
Contra la mencionada Sentencia, los encausados Estela Tola Flores y Henry Franco formulan recurso de apelación restringida (fs. 225 a 234), resuelto por el Auto de Vista Nº 118/2022 de 19 de agosto (fs.266 a 277), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró improcedente las cuestiones planteadas; en consecuencia, confirmó la Sentencia impugnada en todas sus partes.
