AS/1476/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1476/2022-RA

Fecha: 31-Oct-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Con relación a su denuncia sobre inobservancia o errónea aplicación de la Ley Sustantiva, el Tribunal de Apelación, no observa ni menciona razonablemente si efectivamente se probó la existencia de la agresion física, y violencia psicológica que hubiera ejercido contra la víctima, pretendiendo el Tribunal de Alzada incorporar este hecho en los antecedentes probados de la sentencia con el argumento que ejerció violencia sistemática, puesto que la víctima vivía abandonada e incluso no tenía una alimentación independiente en su seno familiar, ya que peregrinaba junto a su hijo para obtener alimentación, antecedente que no ha sido probado en el juicio, en total contradicción de los Autos Supremos 404 de 25 de julio de 2001, 231 de 4 de julio de 2006, 329 de 29 de agosto de 2006 y 315 de 25 de agosto de 2006

Respecto a su denuncia sobre insuficiente y contradictoria fundamentación de la Sentencia, el Tribunal de Alzada incurre en una omisn de fundamentación vinculada no sólo a la acreditación de las agrasiones físicas y psicológicas, sino también a la falta de pronunciamiento respecto a la inexistente prueba que acredite tales extremos que no fue probada de manera certera durante el desarrollo del juicio oral. Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 724 de 26 de noviembre de 2004.

En cuanto a su denuncia sobre defectuosa valoración de la prueba, señala que el Tribunal de Alzada, lo deja en indefensión al ver como desecha su tesis de impugnación, puesto que convalida la sentencia condenatoria en función a la valoración de un certificado médico forense que no demostró su participación, sin revisar la valoración otorgada a las declaraciones testificales ni a las contradicciones existente. Para el efecto, invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, 111 de 31 de enero de 2007 y 30 de 26 de enero de 2007.