II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia Nº 34/2021 de 2 de agosto (fs. 119 a 125), el Juzgado Décimo Primero de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Joaquin Cuellar Bruckner, autor y culpable de la comisión del delito de Giro defectuoso de cheque, previsto y sancionado por el art. 205 del CP, imponiendo la sanción de tres años de presidio, pago de 350 días multa a razón de Bs. 1 por cada día y costas a favor del Estado.
II.2. Apelación Restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Joaquin Cuellar Bruckner formuló Recurso de Apelación Restringida (fs. 142 a 148 vta.); resuelto por el Auto de Vista N° 57 de 13 de mayo de 2022 (fs. 206 a 209), emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que anuló totalmente la Sentencia apelada, disponiendo el reenvío del expediente ante otro Juzgado de Sentencia llamado por ley.
