POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN de los recursos de casación cursantes a fs. 178 a 184 vta., y de fs. 189 a 193, interpuestos por Javier Antonio Pericón Bustos y Bivian Fismel Fernández Viza, contra el Auto de Vista Nº 54/2021 de 22 de junio de fs. 169 a 175 vta, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
