POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad reconocida por el num. 8) del art. 38 de la Ley del Órgano Judicial y el art. 507 del CPC, HOMOLOGA la Sentencia de divorcio pronunciada el 16 de junio de 2014, emitida por el Tribunal de Primera Instancia del Condado de Dane, Sala 6 del Estado de Wisconsin - EEUU; disponiéndose su cumplimiento por ante el Juez Público de Familia de turno de la ciudad de Sucre del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, quien dispondrá la cancelación de la partida de matrimonio de la O.R.C. N° 3518, Libro N° 0006-97, Partida N° 396, Folio N° 48 de 4 de octubre de 1997, de la citada ciudad del Departamento de Chuquisaca de nuestro Estado Plurinacional de Bolivia.
Al efecto por Secretaría de Sala Plena expídase la Ejecutoria de ley, devuélvase antecedentes y archívese.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Ricardo Torres Echalar
PRESIDENTE
Esteban Miranda Terán
DECANO
José Antonio Revilla Martínez
MAGISTRADO
María Cristina Díaz Sosa
MAGISTRADA
Marco Ernesto Jaimes Molina
MAGISTRADO
Juan Carlos Berrios Albizu
MAGISTRADO
Olvis Egüez Oliva
MAGISTRADO
Carlos Alberto Egüez Añez
MAGISTRADO
Edwin Aguayo Arando
MAGISTRADO
Sandra Magaly Mendivil Bejarano
SECRETARIA DE SALA PLENA
