CONSIDERANDO I
Que, la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, manifiesta que remite la copia de la Nota Verbal GGS/mvc/N° 117 de 4 de julio de 2022, proveniente de la Embajada del Reino de España, en la cual, solicita la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano boliviano BERMAN HURTADO HEREDIA por el delito de “Agresión Sexual” promovido en el marco del Tratado de Extradición entre España y Bolivia, firmado en Madrid el 24 de abril de 1990 y ratificado mediante la Ley N° 1614 de 31 de enero de 1995, adjuntando documentos respaldatorios al efecto de su atención (fs. 1 a 25).
El requerimiento señala que el ciudadano BERMAN HURTADO HEREDIA, nació en Santa Cruz, el 08 de julio de 1973, con tipo y número de documento de identidad NIE X 04637968-H, indicando que se encuentra en la ciudad de La Paz – Bolivia, siendo este su país de origen, por lo que, el Reino de España solicitó la detención preventiva con fines de extradición del prenombrado, ya que el mismo habría cometido presuntamente el delito de Agresión Sexual contra su sobrina María Celeste Ayala Jiménez, constituyendo esta conducta, delito, previsto y penado en el art. 178 del Código Penal de España; en ese sentido, se emitió a nivel internacional orden de busca, captura e ingreso en prisión del sujeto extraditable Berman Hurtado Heredia, con documento de identidad X4637968H, como consecuencia de no haber comparecido en reiteradas oportunidades a presencia judicial en la Sección Primera Audiencia Provisional de Madrid-España; no obstante, de haber estado debidamente convocado en forma y encontrándose en la actualidad en territorio de Bolivia, conforme informó la Dirección General de la Policía, Grupo Localización Fugitivos nacionales; por consiguiente, con la finalidad que, previo traslado del extraditado al territorio español, sea puesto a disposición del citado Tribunal a fin de proseguir la instrucción de la causa penal y juicio oral respectivo (fs. 25 y vta.), por la comisión del delito de “Agresión Sexual” en contra de su sobrina, previsto en el art. 180.1.3ª en relación con el art. 178, ambos del Código Penal español vigente en la actualidad.
Con los citados argumentos, solicita al Estado Plurinacional de Bolivia la entrega del citado ciudadano boliviano, a cuyo efecto adjuntó: (i) la Solicitud de dar curso a la presente solicitud emitida por el Ministerio de Justicia, Madrid de 17 de diciembre de 2021 (fs. 2); (ii) Auto de 17 de diciembre de 2021 emitido por el Tribunal Judicial “Sección Primera Audiencia Provisional de Madrid-España”, dentro del Procedimiento Sumario Ordinario N° 1136/2016 (fs. 2 vta., a 3 vta.); (iii) Solicitud de Extradición en enjuiciamiento de Berman Hurtado Heredia, de 17 de diciembre de 2021, emitida por el referido Tribunal Sección Primera Audiencia Provisional de Madrid dirigida a la autoridad competente de Bolivia (fs. 4 a 5 vta.); (iv) Atestado Policial de 15 de marzo de 2011, de la Brigada Provincial de la Policía Judicial (fs. 10 a 16); (v) Ficha de identificación de detenidos de la Policía Científica, incluyendo datos de filiación y huellas dactilares (fs. 16 vta. a 17 vta.); (vi) la Declaración del detenido ante el Juzgado de Instrucción N° 51 de Madrid de 26 de marzo de 2011, cursante de fs. 18 a 19; (vii) Auto de fecha 23 de marzo de 2011, pronunciado por el Juzgado de Instrucción 51 de Madrid, decretando la libertad provisional de Berman Hurtado Heredia, pero constituyendo la obligación de comparecer apud acta ante ese Tribunal, así como la retirada de pasaporte y prohibición de salir de España (fs. 19 vta. a 20); Auto de 30 de diciembre de 2015, emitido por el mencionado Juzgado de Instrucción N° 51 de Madrid, por el que se declara procesado por esta causa a Berman Hurtado Heredia, ratificando las medidas cautelares personales impuestas (fs. 20 vta. a 22 vta.); (viii) copia del Auto fechado el 14 de febrero de 2017, dictado por la Sección Primera de la Audiencia Provisional de Madrid, que decreta la detención y puesta a disposición por esta causa a Berman Hurtado Heredia, interesando su busca y captura, conforme consta de fs. 23 y vta.; y, (ix) Auto de fecha 7 de marzo de 2017, pronunciado por el ya mencionado despacho judicial “Sección Primera de la Audiencia Provisional de Madrid”, que declara la rebeldía del procesado (fs. 24 y vta.).
Por consiguiente, la presente solicitud de cooperación internacional contiene un resumen de los hechos e información del sujeto extraditable en cuestión y así lo establece la Embajada del Reino de España, mediante su Nota Verbal GGS/mvc/N° 117/2022 de 04 de julio de 2022 y por medio de la cual remitió la documentación descrita anteriormente, relativa a la posible solicitud de extradición del ciudadano boliviano BERMAN HURTADO HEREDIA, en virtud de lo establecido en el Sumario Ordinario 1136/2016, iniciado por la Audiencia Provisional, Sección N° 2 de Madrid, dentro del pedido de extradición, en cuya base requiere la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano arriba citado, por el delito de Abuso Sexual, tipificado por los arts. 180.1.3ª del Código Penal español en relación de su art. 178 (fs. 26) y remitida a este Tribunal Supremo de Justicia, el 13 de julio del presente año por la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia (fs. 28).
