POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 98 a 100, interpuesto por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, representado por su Gobernador Regis Germán Richter Alencar, mediante su apoderada Elizabeth Ferreira Solíz, contra el Auto de Vista N° 84/22 de 22 de agosto de 2022, de fs. 90 a 91, emitido por la Sala Civil, Social, Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando.
Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 y del el art. 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, Comuníquese y Cúmplase. -
