POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución contenida en el artículo 184 -1 de la CPE y el artículo 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial N° 025, en virtud de los fundamentos expuestos, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 208 a 209, interpuesto por el Servicio Departamental de Caminos de Pando (SEDCAM-Oruro), representado por Demetrio Robles Mendieta, contra el Auto de Vista Nº 155/2022 de 18 de agosto, de fs. 201 a 206, emitido por la Sala Especializada, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 y 52 del DS Nº 23215.
Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.-
