AS/0713/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0713/2022

Fecha: 25-Nov-2022

POR TANTO

La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, en aplicación al art. 277-I del CPC-2013, determina la inadmisibilidad del recurso de casación en la forma y en el fondo, de fs. 1438 a 1451 vía Buzón Judicial y de fs. 1452 a 1465, interpuesto por el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, representada por el Gobernador Santos Quispe Quispe, a través de sus apoderados Claudio Henry Cussi Chinche y Vania Minerva Rodríguez Salazar, declarándolo IMPROCEDENTE; en consecuencia, ejecutoriada la Sentencia N° 06/2021 de 6 de septiembre, de fs. 1331 a 1339 y los Autos N° 39/2022 de 9 de agosto, de fs. 1363 y N° 44/22 de 6 de septiembre de 2022, de fs. 1367, emitidos por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.

Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.

Interviene en la suscripción del presente Auto Supremo, el Magistrado Carlos Alberto Egüez Añez de la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en mérito a la convocatoria que antecede, en razón a que expresó su conformidad al voto de disidencia formulada por el Magistrado Esteban Miranda Terán, ante el proyecto presentado por el Magistrado Titular de la Sala José Antonio Revilla Martínez.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.-