POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el núm. 1 del art. 184 de la CPE y del núm. 1 del parágrafo I del art. 42 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 195 a 198, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro (GAMO), representado por Mirian Rada López, contra el Auto de Vista Nº 181/2022 de 22 de septiembre, de fs. 188 a 193, emitido por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa, y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
Sin costas ni costos, en todo el proceso en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y 52 del Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.
