AS/0948/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0948/2022-RA

Fecha: 28-Nov-2022

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Isabel Julia Vargas Limachi, según memorial de fs. 44 a 49, subsanado de fs. 58 a 61 vta. y de fs. 63 a 65, inició el proceso ordinario resolución de contrato de compraventa, nulidad de documentos por causa de simulación más pago de daños y perjuicios contra Francisca Catalina Vargas Limachi Vda. de Villca, Edwin German Choque Limachi, María Elena Vargas Limachi y Estanislao Milton Fernández Limachi, quienes una vez citados, la primera, por escrito de fs. 124 a 125, se apersonó y promovió incidente de nulidad, posteriormente, por escrito de fs. 274 a 282, asumió defensa en el estado en que se encontraba la causa y opuso excepción perentoria de prescripción; asimismo, por el Auto de fecha 13 de mayo de 2019 corriente a fs. 151, se declaró rebeldes a los dos siguientes; consecuentemente, Estanislao Milton Fernández Limachi representado por Ana María Castañeta Yujra, por nota de fs. 287 a 293 vta., purgó rebeldía y opuso prescripción de la causa; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 202/2021 de 30 de abril, que sale de fs. 345 a 350 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 7° de la ciudad de El Alto, declaró PROBADA en parte la demanda principal, PROBADA con relación a la resolución de contrato y nulidad por simulación de contrato e IMPROBADAS respecto al pago de daños y perjuicios y la excepción interpuesta por Estanislao Milton Fernández Limachi y Francisca Catalina Vargas de Villca.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Francisca Catalina Vargas de Villca, mediante memorial visible de fs. 355 a 369; por Isabel Julia Vargas Limachi conforme escrito de fs. 381 a 382; y la adhesión de Edwin German Choque Limachi, Estanislao Milton Fernández Limachi, María Elena Vargas Limachi mediante nota a fs. 388; dio lugar a que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 320/2022 de 02 de agosto, corriente de fs. 427 a 434, que REVOCÓ en parte la Sentencia Nº 202/2022 de 30 de abril, declarando IMPROBADA la demanda de resolución del contrato a fs. 4, e IMPROBADA la nulidad por simulación del documento de 13 de diciembre de 2006.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Isabel Julia Vargas Limachi, según memorial cursante de fs. 445 a 446 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.