II. ANTECEDENTES
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 12/2020 de 3 de diciembre, el Tribunal de Sentencia Primero con asiento en el municipio de Padilla del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Miguel Espada Rivera, autor y culpable de la comisión del delito de Violación a Niña, Niño o Adolescente, calificado conforme el art. 308 Bis con relación al art. 310 inc. m), ambos del CP, imponiendo la pena de veinticinco años de presidio.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Miguel Espada Rivera formuló recurso de apelación restringida, que puesto a conocimiento de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, motivó la emisión del Auto de Vista 153/2022 de 11 de abril, que lo declaró parcialmente procedente, disponiendo la nulidad total de la Sentencia, la reposición del juicio, “inclusive los actos preparatorios debiendo el tribunal de grado controlar que la acusación fiscal y particular brinden, en su caso un marco fáctico lo más preciso posible que permita al acusado ejercer su defensa y al tribunal actuar conforme al art. 342 del CPP, si fuera necesario” (sic).
