AS/1531/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1531/2022-RA

Fecha: 10-Nov-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

La recurrente transcribiendo de forma inextensa los fundamentos del recurso de apelación restringida, efectuando una relación de los hechos y refiriéndose a cuestiones de la Sentencia, en relación al defecto de sentencia descrito en el art. 370 num. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP) [errónea aplicación del art. 251 del CP], denunciado en el recurso de apelación restringida; acusa que el Tribunal de alzada en el num. 2° de los Fundamentos de la Resolución del Auto de Vista impugnado, revalorizó los hechos e incluyó acciones que no tienen respaldo probatorio y que no están contenidos en la Sentencia, refiriendo siete incisos con notorias deducciones y sin vinculación a la apelación y la sentencia, revalorizando los hechos sin plantear una teoría fáctica desde la Sentencia y sin la referencia de ningún elemento probatorio sometido a juzgamiento, contradiciendo la doctrina legal sentada en el Auto de Supremo 054/2010 de 9 de marzo.

Con relación a la errónea aplicación del art. 251 del CP, la recurrente refiriendo que en la Sentencia no existe ningún argumento referido a la antijuridicidad y la culpabilidad, acusa que el Tribunal de alzada no se refirió respecto a esta temática, incurriendo en incongruencia omisiva conforme a la doctrina legal aplicable citada en el Auto Supremo 309/2012, resultando un defecto insubsanable al no haber una respuesta concreta al agravio reclamado.

Sobre el punto invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 345/2015-RRC de 3 de junio, 236 de 7 de marzo de 2007, 90 de 20 de febrero de 2008, 329 de 29 de agosto de 2006, 431 de 11 de octubre de 2006 y 315 de 25 de agosto de 2006.