AS/1549/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1549/2022-RA

Fecha: 10-Nov-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente expone que, los Vocales revalorizaron las 10 pruebas referidas en el memorial de apelación restringida del Ministerio Público y que forman parte de la comunidad de la prueba; debido a que, el de alzada en su alisis señaló que no fueron valoradas debidamente, o que no fueron tomadas en cuenta, ni valoradas de acuerdo a las reglas de la sana crítica aplicando la razón y la lógica; respuesta que según el recurrente es “revalorizar las pruebas”, pues se brinda un lineamiento sobre su valoración y se pretende forzar un criterio de interpretación y análisis de la prueba para beneficiar a la querellante; añadiendo que no se ha realizado un control de logicidad de la Sentencia, denunciado bajo estos antecedentes la parcialidad de los Vocales y la lesión al derecho al debido proceso y la seguridad jurídica. Invoca en calidad de precedentes contradictorios los Autos Supremos (AS) 058/2016-RRC de 21 de enero y 145/2015-RRC de 27 de febrero.

Sostiene que, el Tribunal de alzada no cuenta con una debida fundamentación incumpliendo con el mandato del art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pues no consideró la contestación a los recursos de apelación restringida, omitiendo otórgales valor a las contestaciones, quebrantando sus derechos a la tutela judicial efectiva, debido proceso, defensa e igualdad jurídica, lo cual según el recurrente constituye un defecto absoluto conforme el art. 169 inc. 3 del CPP. Cita los arts. 155, 117 y 119 del CPE e invoca en calidad de precedente contradictorio el AS 756/2015-RRC-L de 12 de octubre.