AS/1565/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1565/2022-RA

Fecha: 10-Nov-2022

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente estableciendo su derecho universal a que el fallo sea revisado por un superior y la procedibilidad del recurso de casación, refiriendo la invocación de precedentes contradictorios y la precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto de Vista impugnado, acusando de éste los siguientes puntos: i) Sólo manifestó que no se fundamentó el recurso de apelación; ii) No fueron resueltos todos los agravios denunciados; iii) Con carencia de fundamentación, habría concluido que el recurso de alzada no fundamentó adecuadamente su recurso de apelación incidental, cuando le fue coartado su derecho a fundamentar el recurso de alzada en audiencia; asimismo, que no se pronunció sobre la judicialización de la prueba no ofrecida; iv) Al responder al segundo agravio, no mencionó razones de hecho y de derecho en su argumentación; v) En el tercer agravio, ingresó en error o defecto absoluto respecto a la prueba de reciente obtención que fue rechazada en juicio, al observar la falta de uso del recurso de apelación; vi) En el cuarto agravio, se limitó a manifestar que no es posible deducir lo que quiso decir el recurso de alzada, situación que impidió el control de la valoración de la prueba, vulnerando el debido proceso; vii) Que, defienden lo ilegal de la Sentencia, cuando manifiesta que no se probó su inocencia y que la misma es una posición fáctica; viii) Existe una contradicción interna en el Auto de Vista a momento de resolver el tercer y cuarto agravio, respecto a la prueba testifical de cargo, que fue utilizada para condenarlo y no así para generar duda razonable; ix) Cometió revalorización con relación a la manifestación de existir víctimas. x) Al quinto agravio, no respondió a los parámetros legales que utilizó el Juez para la imposición de la pena.

Todos estos puntos, sustentados con los mismos fundamentos presentados en el recurso de apelación restringida, transcritos al efecto de forma inextensa.