AS/1588/2022-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1588/2022-RRC

Fecha: 25-Nov-2022

II. 1. Sentencia.

Por Sentencia 15/2015 de 24 de marzo (fs. 87 a 92 vta.), la Juez de Sentencia Quinto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Orlando Martín Choque Condori, autor de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del digo Penal (CP), imponiéndo la pena de 3 años de reclusión s el pago de costas a favor de la demandante, al precisar que Maruja Motiño Mamani el 8 de marzo de 2013 firmó contrato de anticrético para morar el inmueble de propiedad del imputado Orlando Martín Choque Condori por $us 2000 dólares por el lapso de un año forzoso y uno voluntario; teniéndose que por acuerdo de partes se dio por concluido el contrato, para ello el imputado devolvió a la querellante el monto de contrato; sin embargo, el imputado junto a su esposa procedieron a agredir física y verbalmente a la actora en febrero de 2014 motivo que originó la denuncia policial que devino en la causa, dentro de los hechos comprobados también la Sentencia determinó que el imputado obstaculizó el ingreso de la anticresista en dos oportunidades, situación probada mediante la declaración testifical de dos testigos, probándose además que para esta privación al derecho a moratoria de la vivienda el imputado hizo uso de la violencia incumpliendo los términos del contrato al expulsarla junto a sus 2 hijos.

II.2. De la apelación restringida y su resolución.

Contra la Sentencia, el imputado Orlando Martín Choque Condori, (fs. 98 a 102) y la acusadora particular Maruja Motiño Mamani (fs. 104 a 105 vta.) respectivamente formularon recursos de apelación restringida, resueltos por el Auto de Vista emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz que confirmó la Sentencia apelada.