II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia N° 04/2014 de 12 de febrero (fs. 291 a 303), el Tribunal de Sentencia en lo Penal Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a: Ponciano Pozo Blanco y Domingo Pozo Blanco, autores y culpables de la comisión de los delitos de Desobediencia a la Autoridad y Daño Calificado, previstos y sancionados por los arts. 160 y 358-5) del CP, condenando al primero a tres años y seis meses de reclusión y al segundo a tres años de reclusión. Asimismo, los declaró a ambos imputados libres de culpa y pena en la comisión del delito de Asociación Delictuosa.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Domingo Pozo Blanco formuló recurso de apelación restringida (fs. 341 a 342 vta.) resuelto por Auto de Vista de 25 de enero de 2021 (fs. 368 a 370), pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso, manteniendo incólume la Sentencia.
