POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo, declara probada la demanda y consecuentemente por concluida la relación laboral entre las partes en conflicto, dejando sin efecto la sentencia de primera instancia y el auto de vista recurrido. Sin multa por ser excusable.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
