Auto Supremo AS/0863/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0863/2022-RA

Fecha: 09-Nov-2022

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Pedro Zarcillo Gonzales y Felipa Paniagua Choque de Zarcillo por memorial de fs. 24 a 28, subsanado de fs. 31 a 33 vta., inició proceso ordinario de nulidad de contrato por ilicitud de la causa y por ilicitud del motivo que impulsó a las partes a celebrar el contrato y cancelación de registro de Derechos Reales contra Olga Vargas Cabrera, quien una vez citada, según escrito de fs. 44 a 46, contestó en forma negativa la demanda y planteó excepciones de falta de legitimación, de demanda defectuosamente propuesta y emplazamiento a tercero; mediante Auto Nº 299/2019, visible a fs. 91 se citó y emplazó a Pedro y Julio ambos Zarcillo Paniagua, los mismos se apersonaron y respondieron mediante escritos a fs. 99 y vta. y a fs. 101 y vta.; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 77/2022 de 04 de julio, cursante de fs. 482 a 491 vta., por la que la Juez Público Civil y Comercial 12° de la ciudad de Sucre, declaró IMPROBADA la demanda principal.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Pedro Zarcillo Gonzales, según memorial cursante de fs. 501 a 508 vta., dio lugar a que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 311/2022 de 28 de septiembre, cursante de fs. 528 a 531, con el que CONFIRMÓ la Sentencia N° 77/2022.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Pedro Zarcillo Paniagua, según escrito de fs. 536 a 543, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.