POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución contenida en el artículo 184 -1 de la CPE y el artículo 42-1-1 de la Ley del Órgano Judicial N° 025, en virtud de los fundamentos expuestos, declara INFUNDADOS los recursos de casación de fs. 112 a 115, interpuesto por la Empresa RENACER SRL representada por Vladimir Giovanni Arellano García y así como el de fs. 118 a 120, presentado por la demandante Miriam Lourdes Ponce Herbas; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista Nº 144/2022 SSA-II de 12 de julio, de fs. 107 a 109, sin costas ni costos, por ser ambas partes recurrentes.
Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.
