2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), fue debidamente notificado a la parte demandada el 05 de enero de 2022, conforme la papeleta de notificación a fs. 321, presentando el recurso de casación el 19 del mismo mes y año, tal cual se observa del timbre electrónico a fs. 322; por lo que se infiere que dicho medio impugnatorio fue presentado en el plazo previsto por el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir, dentro de los 10 días hábiles computados a partir de la notificación con el Auto impugnado.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 90/2022-A
- Fecha:
- Expediente:
- Partes: Juan Quelupana Uribe contra Abel Esteban Serrano Torrico y Beatriz Ticona Peñafiel de Serrano
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
