Auto Supremo AS/0113/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0113/2022

Fecha: 22-Feb-2022

El tribunal de segunda instancia que deba pronunciarse sobre un recurso de apelación,

El art. 108 del CPC-2013 señala que: El tribunal de segunda instancia que deba pronunciarse sobre un recurso de apelación, apreciará si se planteó alguna forma de nulidad insubsanable de la sentencia o nulidad expresa de actos de la primera instancia, conforme a lo dispuesto en el presente Código. II. Si la reclamación de nulidad hubiere sido planteada a tiempo de la apelación, se resolverá sobre ella, y sólo en caso de rechazarla, se pronunciará sobre los agravios de la apelación…”.