b)
b) Los vocales únicamente se habrían remitido a indicar que ante la falta de firma de la demandante en el contrato de venta sería suficiente argumento para declarar la nulidad del referido contrato, de lo que se inferiría que la supuesta falta de consentimiento o firma de la demandante no sería causal de nulidad sino de anulabilidad incurriendo el Tribunal Ad quem en una errónea interpretación y aplicación indebida de la ley.
Fundamentos por los cuales solicitó la emisión de un Auto Supremo anulando el Auto de Vista impugnado.
En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 123/2022-RA
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4.
- a)
- b)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
