AS/0022/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0022/2022

Fecha: 10-Mar-2022

ANTECEDENTES PROCESALES:

Al amparo de los arts. 502 a 507 del Código Procesal Civil (CPC-2013), David Ramiro Cañedo Patiño a través de su apoderada Bonnie Yill Coca de Barbery y Esther Pelaez Antelo solicitaron la homologación y ejecución de la Sentencia "Decreto Final Convenido de Divorcio" de 20 de octubre de 2020, emitido en la Causa N° 2019- 29032, en el Tribunal del distrito Judicial N° 310, Condado de Harris, Texas de Estados Unidos.

Manifestaron que, contrajeron matrimonio ante la Oficialía de Registro Civil N° 4002, Libro N° 9, Partida N° 16, Folio N° 16, del Departamento de Santa Cruz, el 2 de agosto de 1997; asimismo, refirieron que durante la unión conyugal los esposos procrearon una hija, Valentina Canedo Pelaez, quien ahora es mayor de edad.

El indicado matrimonio civil fue disuelto, cancelado y terminado, divorciándose los ex cónyuges por incompatibilidad de caracteres, mediante "Decreto Final Convenido de Divorcio" dictado por el Tribunal del Distrito Judicial 310 del Condado de Harris, Texas, Estados Unidos, el 20 de octubre de 2020, resolución tramitada legalmente.

El Tribunal extranjero determinó que las partes celebraron un acuerdo escrito, que figura como "Decreto final Convenido de Divorcio", estipulado para representar una fusión de un acuerdo conciliatorio mediado entre los cónyuges; por lo tanto, habiendo ordenado, adjudicado y decretado el Tribunal de Distrito, que el matrimonio entre el demandante David Ramiro Cañedo y Esther Pelaez Antelo, fue disuelto y cancelado, disponiendo que la resolución tiene calidad de Sentencia definitiva ejecutoriada, puesto que las partes renunciaron a cualquier derecho de apelación, como se expresa en la mencionada resolución.

Admitida la solicitud de Homologación de Sentencia mediante proveído de fs. 62, se dispuso que, al ser ambos interesados los solicitantes del trámite "pase obrados a Sala Plena para resolución”, al no existir más que tramitar.