AS/0022/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0022/2022

Fecha: 10-Mar-2022

RESOLUCIÓN DEL CASO CONCRETO:

El "Decreto Final Convenido de Divorcio" de fs. 3 a 24, que tiene calidad de Sentencia, debidamente legalizado por su apostilla a fs. 1; la traducción de la Sentencia aludida de fs. 27 a 48, debidamente firmada por el traductor Jorge Iban Beyer, el Certificado de matrimonio emitido el 10 de mayo de 2021 a fs. 50; documentos que merecen fe probatoria conforme determina los arts. 1296 y 1311 del Código Civil (CC).

Por lo que, encontrándose ejecutoriada la Sentencia de "Decreto final Convenido de Divorcio" de 20 de octubre de 2020, emitida por el Tribunal del Distrito Judicial 310, condado de Harris, Texas de los Estados Unidos y considerando que, reúne los requisitos para su validez; y evidenciándose que no existen disposiciones contrarias a las normas de orden público de nuestro Estado, adecuándose a lo determinado en el art. 505 del CPC-2013; máxime, si no existió controversia, al ser los interesados quienes solicitaron la Homologación de Sentencia, existiendo de esta manera un consentimiento mutuo, cumpliendo con el requisito del debido proceso conforme la legislación de Tribunal extranjero, adquiriendo fuerza de cosa juzgada, y no contravenir las libertades, derechos y garantías fundamentales, así como las previsiones contenidas en el Código de las Familias Boliviano.

En consecuencia, es procedente la solicitud de homologación de Sentencia, al estar cumplidos los requisitos establecidos en el art. 507 del CPC-2013.