POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADOS los recursos de casación de fs. 181 a 186 de obrados, interpuesto por la Universidad Nacional Ecológica S.A., y el recurso de casación de fs. 188 a 191 de obrados, interpuesto por Nancy Marita Velez Viera en representación de Sergio Horacio Paredes.
Sin costas, al haber recurrido ambas partes.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
