Auto Supremo AS/0056/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0056/2022-RA

Fecha: 02-Mar-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Previa referencia a los cuestionamientos que efectúa respecto a la sentencia de su apelación restringida, expresa que el Auto de Vista recurrido vulnera el derecho al debido proceso en su vertiente de legalidad, derecho a la defensa y a obtener una resolución debidamente fundamentada, por incumplir con lo establecido en el art. 399 de CPP, que se practicaron notificaciones en las direcciones incorrectas, puesto que el imputado hubiera cambiado el patrocinio de abogados en las diferentes etapas del proceso, aspecto que se puede advierte en la providencia de 07 de junio, que fue notificada el 12 de junio del 2019, en el domicilio procesal del abogado Elmer Marcos Copa Gutiérrez, siendo que el referido profesional ya no se constituía como su defensor, aspecto que no tomó en cuenta el Tribunal de alzada, razón por la cual el imputado no tuvo conocimiento de este actuado, conculcando de esta manera su derecho a la defensa consagrado en el art. 119 II de la Constitución Política del Estado, poniendo a la parte denunciada en indefensión, ya que atenta su derecho fundamental reconocido en el art. 180 de la CPE, que garantiza una justicia transparente, legal, al debido proceso e igualdad entre partes ante el juez, que el Auto de Vista recurrido emite fundamento basado en el trámite previo de la Resolución y justifica su decisión por el incumplimiento de plazos, debiendo el tribunal cumplir con lo establecido en el art. 399 del CPP, al obviar pronunciamiento expreso mediante resolución fundamentada sobre la admisibilidad o inadmisibilidad, por tal razón el Tribunal de Alzada no ejerció el debido control jurisdiccional vulnerando el art. 124 de CPP.