III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 545/2021-RA de 16 de agosto, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo.
El Auto de vista impugnado a tiempo de resolver la apelación restringida incurre en contradicción al resolver el defecto establecido en el art. 370 núm. 6) del CPP, que establece una mala valoración de la prueba presentada por el recurrente y el Ministerio Público, aspecto que no fue considerado por el Tribunal de alzada, hubiera incurrido en defectuosa valoración de la prueba, vulnerándose sus derechos al debido proceso en su vertiente del derecho a una debida fundamentación, motivación y valoración de la prueba.
