1. De la resolución impugnada.
1. De la resolución impugnada.
Del análisis del Auto de Vista Nº 317/2021 de 02 de diciembre de fs. 284 a 285 vta., se advierte que el mismo deviene de un recurso de apelación que fue interpuesto contra una Sentencia dictada dentro de un proceso de usucapión decenal o extraordinaria, lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 270 del Código Procesal Civil.
