POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución contenida en el art. 184-1 de la Constitución Política del Estado y art. 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial N° 025, CASA el Auto de Vista Nº 177/2021 de 14 de septiembre de fs. 109 a 113, emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, deliberando en el fondo declara IMPROBADA la demanda interpuesta a fs. 20 a 22, consiguientemente sin lugar a la reincorporación y pago de sueldos devengados.
Sin responsabilidad por ser excusable el error, con costas.
Se regula el honorario profesional del abogado de la parte demandada en Bs. 2.000.- (dos mil 00/100 bolivianos), que mandará pagar el Juez de primera instancia.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 156
- Sucre, 16 de marzo de 2022
- Expediente
- Demandante
- Demandado
- Proceso
- Departamento
- Magistrado Relator
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Sentencia
- PROBADA
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II.- RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- En el fondo
- En la forma
- Petitorio
- Contestación al recurso:
- Admisión:
- III.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- POR TANTO:
- Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.
